Economía


Hoy  12 de abril de 2007 y hasta el día 31 de diciembre,  puede realizar la opción jubilatoria  y pasar al régimen del estado que desde que en el año 1994, nos vendían e imponían con tantas propagandas, de un montón de AFJP, a inscribirnos en el régimen de capitalización, para luego no poder volver al estado.
El trámite solo se realiza vía  Internet:
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Cambios en la ley previsional, a partir del 12 de abril de 2007 y hasta el 31 de diciembre de 2007, se podrá realizar el traspaso del régimen de capitalización al régimen de reparto, que hasta ahora no se podía hacer si el aportante se encontraba en el de capitalización debía permanecer ahí.

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La resolución general Nº 2234 de la AFIP dio a conecer las tablas a tener en cuenta para la aplicación a los sueldos y jubilaciones a partir de enero del 2007, se deberá realizar el rectroactivo a lo ya descontado los nuevos importes para descontar son los siguientes:

IMPORTES A DESCONTAR
Anual Concepto Mes

$ 7.500,00 Ganancia Mínima $ 625,00
$ 28.500,00 Dedución especial $ 2.375,00

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El 3 de abril se que reglamentó  la Ley de Reforma del Sistema Provisional, con el decreto 313, establece que las personas que ingresen a trabajar a partir del 28 de mayo de 2007 deberán aportar el 11% de su salario para su futura jubilación, sin tener en cuenta si aportan al régimen de reparto (ahora 11%) ó al régimen de capitalización (AFJP), (ahora  7%)

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Se publico el Decreto 298/07 el cual introduce modificaciones del  mínimo no imponible y cargas de familia en el impuesto a las ganancias 4ta categoría.
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Desde el martes 3 de abril baja en el impuesto a las ganancias de 4ta. Categoría, ya que el  gobierno  por  decreto dispuso la suba del impuesto mínimo no imponible 4ta. Categoría para los trabajadores en relación de dependencia, seguro que el martes de 3 abril la AFIP publicará las  resoluciones generales  Nº 2234 y 2234,  los  montos serán de $ 4000.- mensual para los casados y $3.200.- para los solteros y la deducción no imponible que era de $ 6.000.- pasará a $ 7.500.- anuales:
El aumento del mínimo no imponible regirá con retroactividad a enero de este año

-AMBITO FINANCIERO  30/03/2007

El aplicativo  Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales Versión 8.0.

Sujetos Obligados a utilizar esta versión
Debe ser  utilizada para el cumplimiento de las presentaciones del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales 2006 los contribuyentes con ingresos superiores a $ 1.000.000.-
Será opcional para el resto de los contribuyentes pero el que lo utilice podrá acceder a un plan de facilidades de 3 cuotas sin interés.
Presentaciones del año 2007 con vencimiento en el 2008 será obligatorio su uso para los contribuyentes con ingresos superiores a $ 144.000.-
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Cuando en la sucursal del Banco Provincia se nieguen a cobrar las tasas reducidas en el impuesto a los sellos establecido por la Ley 13.613, artículo 27, apartado A, inciso 8, puntos c) y d), hay que solicitar hablar con el gerente a fin de transmitirle y mostrarle el contenido de esta norma, y en caso de negarse debemos solicitarle por escrito en que basa su negativa. Leer artículo completo »

Se promulgó la Ley provisional 26.222 el día 07/03/07, en la cual se establecen modificaciones al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones de la Ley 24.241. Estos cambios son los siguientes: Leer artículo completo »

La provincia de Buenos Aires saco un nuevo impuesto inmobiliario para toda persona que tenga bienes superiores a los $ 500.000.-

Hay sumar los valores de todas las propiedades, automotores y embarcaciones del contribuyente, incluidas las que posea en Capital Federal para calcular el coeficiente: Leer artículo completo »

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