Compras en el exterior con tarjeta de crédito con 50% de recargo

AFIP cruzará los gastos de tarjetas de crédito en el exterior con ADUANA, y se intimará a que los viajeros paguen el 50 porciento del excedente de los 300 dólares de franquicia.

Extremista

Este lunes 3 de septiembre, Ricardo Echegaray dio a conocer nuevas disposiciones que el gobierno argentino pone en práctica para evitar la fuga de capitales y la evasión impositiva. El funcionario informó que ahora, AFIP cruzará los datos declarados en ADUANA con los gastos de las tarjetas de crédito en el exterior, y en el caso de superar los US$ 300 de franquicia, se intimará al viajero para que pague el 50% correspondiente.

Según las franquicias aduaneras, las personas que viajan al exterior pueden adquirir bienes en el extranjero por un total de US$ 300, así como también US$ 300 en FreeShops sin pagar tributo.

Hasta el momento, si los viajeros declaraban en Aduana que no estaban trayendo bienes por encima de esos valores y el personal aduanero no detectaba paquetes que resultaran sospechosos de traer productos comprados afuera, todo quedaba ahí, pero ahora, el gobierno argentino pone en práctica una nueva norma para evitar esta evasión.

A partir de ahora, AFIP cruzará los gastos de las Tarjetas de Créditos con lo declarado en ADUANA. En el caso de que se detecten gastos por más de US$ 300 y el viajero declara haber gastado menos, se lo intimará para que pague el 50% correspondiente por el excedente a la franquicia.

Cabe destacar que este 50%, a diferencia del 15% que se cobra por la utilización de la Tarjeta de Crédito en el exterior, no será deducible de ganancias ni bienes personales. Tampoco será devuelto al usuario bajo ningún concepto.

Cualquier duda que tengan los viajeros sobre el 15% de recargo por consumos en el exterior o el 50% por la compra de bienes por más de US$ 300, se puede llamar al número de teléfono 0800-999-2347.